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Puertas Cortafuego en CABA: Exigencias Técnicas del Código de Edificación y Ensayos INTI

Herrajes Puertas Cortafuego

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula estrictamente el uso de puertas cortafuego en edificios nuevos y existentes. El Código de Edificación (Ley 6100) y su Reglamento Técnico (RT) establecen los criterios de resistencia al fuego, clasificación, instalación y documentación que deben cumplir estos elementos de protección pasiva.

Esta nota resume los artículos relevantes del Código y explica cómo se articula la certificación INTI como evidencia técnica válida para demostrar conformidad.

📘 1. Marco normativo aplicable en CABA

Las puertas cortafuego están reguladas principalmente por:

✔ Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 6100)

✔ Reglamento Técnico del Código de Edificación (RT)

✔ Normas IRAM aplicables (IRAM 11949, IRAM 11950, IRAM 11951, IRAM 11959)

✔ Ensayos de resistencia al fuego según IRAM 11949 / ISO 834

🧯 2. Qué exige el Código de Edificación sobre puertas cortafuego

🔹 2.1. Compartimentación y resistencia al fuego

El RT – Sección 4 “Seguridad contra Incendios” establece que los elementos de cierre utilizados en sectores de riesgo, escaleras, salas de máquinas y vías de escape deben poseer resistencia al fuego equivalente a la del elemento separador.

El artículo RT 4.3.3 – “Puertas resistentes al fuego” indica:

  • Las puertas deben poseer clasificación RF (RF-30, RF-60, RF-90, RF-120).
  • La clasificación debe estar respaldada por ensayo de resistencia al fuego realizado por un organismo competente.
  • Deben incluir dispositivo de cierre automático.
  • Deben instalarse de modo que no reduzcan la resistencia al fuego del tabique donde se colocan.
  • Deben poseer identificación permanente del fabricante y del modelo ensayado.

🔹 2.2. Vías de escape y escaleras presurizadas

El artículo RT 4.4.2 – “Escaleras de evacuación” exige:

  • Puertas con resistencia mínima RF-60 en escaleras protegidas.
  • En escaleras presurizadas, puertas con resistencia RF-60 o superior, con cierre automático y burletes intumescentes.

🔹 2.3. Salas de máquinas y locales de riesgo

El artículo RT 4.5.1 – “Locales de riesgo especial” establece:

  • Puertas con resistencia igual o superior a RF-60.
  • Instalación obligatoria de cierrapuertas y marcos metálicos.

🧪 3. Ensayos INTI: evidencia técnica aceptada en CABA

El Código no obliga a un organismo específico, pero sí exige ensayos válidos y verificables.
En la práctica, el INTI es el organismo más reconocido en Argentina para:

  • Ensayos de resistencia al fuego según IRAM 11949 / ISO 834.
  • Emisión de informes técnicos con tiempo de resistencia alcanzado.
  • Verificación de modelo, dimensiones, accesorios y construcción.
  • Trazabilidad del producto ensayado.

Los inspectores de CABA aceptan los ensayos INTI como documentación técnica suficiente para acreditar la clasificación RF declarada por el fabricante.

📄 4. Documentación obligatoria para puertas cortafuego en CABA

Según el Código y el RT, una puerta cortafuego debe contar con:

✔ Informe de ensayo de resistencia al fuego

Emitido por INTI u organismo equivalente, indicando clasificación RF.

✔ Declaración de conformidad del fabricante

Acredita que el producto comercializado coincide con el modelo ensayado.

✔ Placa de identificación 

Con datos de fabricante, modelo, lote y clasificación RF.

🛠 5. Instalación: puntos críticos verificados en inspecciones

Los inspectores de CABA suelen revisar:

  • Holguras reglamentarias según IRAM 11950.
  • Funcionamiento del cierre automático.
  • Presencia y continuidad de burletes intumescentes.
  • Marcos metálicos y anclajes adecuados.
  • Ausencia de perforaciones, deformaciones o intervenciones no autorizadas.
  • Correspondencia entre modelo instalado y modelo ensayado.

Una puerta correctamente ensayada puede perder su clasificación si se instala fuera de especificación.

🧩 6. Tecnifire: puertas cortafuego certificadas para cumplir el Código de CABA

En Tecnifire fabricamos puertas cortafuego con:

  • Ensayos de resistencia al fuego realizados en INTI.
  • Clasificaciones RF-30, RF-60, RF-90 y RF-120.
  • Accesorios certificados (cierrapuertas, bisagras, burletes).
  • Documentación completa para cumplimiento del Código de Edificación de CABA.
  • Trazabilidad total y soporte técnico para auditorías e inspecciones.

📌 Conclusión

La normativa de CABA exige que las puertas cortafuego:

  • Estén ensayadas según normas IRAM/ISO.
  • Posean clasificación RF respaldada por un organismo competente como INTI.
  • Cumplan con los artículos del Código de Edificación y el Reglamento Técnico.
  • Se instalen con criterios estrictos para mantener su desempeño.

Cumplir con estos requisitos no solo es una obligación legal: es una garantía de seguridad para los usuarios y para la integridad del edificio.