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Puertas Cortafuego en CABA: Exigencias Técnicas del Código de Edificación y Ensayos INTI

Herrajes Puertas Cortafuego

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula estrictamente el uso de puertas cortafuego en edificios nuevos y existentes. El Código de Edificación (Ley 6100) y su Reglamento Técnico (RT) establecen los criterios de resistencia al fuego, clasificación, instalación y documentación que deben cumplir estos elementos de protección pasiva.

Esta nota resume los artículos relevantes del Código y explica cómo se articula la certificación INTI como evidencia técnica válida para demostrar conformidad.

📘 1. Marco normativo aplicable en CABA

Las puertas cortafuego están reguladas principalmente por:

Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 6100)

Reglamento Técnico del Código de Edificación (RT)

Normas IRAM aplicables (IRAM 11949, IRAM 11950, IRAM 11951, IRAM 11959)

Ensayos de resistencia al fuego según IRAM 11949 / ISO 834

🧯 2. Qué exige el Código de Edificación sobre puertas cortafuego

🔹 2.1. Compartimentación y resistencia al fuego

El RT – Sección 4 “Seguridad contra Incendios” establece que los elementos de cierre utilizados en sectores de riesgo, escaleras, salas de máquinas y vías de escape deben poseer resistencia al fuego equivalente a la del elemento separador.

El artículo RT 4.3.3 – “Puertas resistentes al fuego” indica:

  • Las puertas deben poseer clasificación RF (RF-30, RF-60, RF-90, RF-120).
  • La clasificación debe estar respaldada por ensayo de resistencia al fuego realizado por un organismo competente.
  • Deben incluir dispositivo de cierre automático.
  • Deben instalarse de modo que no reduzcan la resistencia al fuego del tabique donde se colocan.
  • Deben poseer identificación permanente del fabricante y del modelo ensayado.

🔹 2.2. Vías de escape y escaleras presurizadas

El artículo RT 4.4.2 – “Escaleras de evacuación” exige:

  • Puertas con resistencia mínima RF-60 en escaleras protegidas.
  • En escaleras presurizadas, puertas con resistencia RF-60 o superior, con cierre automático y burletes intumescentes.

🔹 2.3. Salas de máquinas y locales de riesgo

El artículo RT 4.5.1 – “Locales de riesgo especial” establece:

  • Puertas con resistencia igual o superior a RF-60.
  • Instalación obligatoria de cierrapuertas y marcos metálicos.

🧪 3. Ensayos INTI: evidencia técnica aceptada en CABA

El Código no obliga a un organismo específico, pero sí exige ensayos válidos y verificables.
En la práctica, el INTI es el organismo más reconocido en Argentina para:

  • Ensayos de resistencia al fuego según IRAM 11949 / ISO 834.
  • Emisión de informes técnicos con tiempo de resistencia alcanzado.
  • Verificación de modelo, dimensiones, accesorios y construcción.
  • Trazabilidad del producto ensayado.

Los inspectores de CABA aceptan los ensayos INTI como documentación técnica suficiente para acreditar la clasificación RF declarada por el fabricante.

📄 4. Documentación obligatoria para puertas cortafuego en CABA

Según el Código y el RT, una puerta cortafuego debe contar con:

Informe de ensayo de resistencia al fuego

Emitido por INTI u organismo equivalente, indicando clasificación RF.

Declaración de conformidad del fabricante

Acredita que el producto comercializado coincide con el modelo ensayado.

Placa de identificación 

Con datos de fabricante, modelo, lote y clasificación RF.

🛠 5. Instalación: puntos críticos verificados en inspecciones

Los inspectores de CABA suelen revisar:

  • Holguras reglamentarias según IRAM 11950.
  • Funcionamiento del cierre automático.
  • Presencia y continuidad de burletes intumescentes.
  • Marcos metálicos y anclajes adecuados.
  • Ausencia de perforaciones, deformaciones o intervenciones no autorizadas.
  • Correspondencia entre modelo instalado y modelo ensayado.

Una puerta correctamente ensayada puede perder su clasificación si se instala fuera de especificación.

🧩 6. Tecnifire: puertas cortafuego certificadas para cumplir el Código de CABA

En Tecnifire fabricamos puertas cortafuego con:

  • Ensayos de resistencia al fuego realizados en INTI.
  • Clasificaciones RF-30, RF-60, RF-90 y RF-120.
  • Accesorios certificados (cierrapuertas, bisagras, burletes).
  • Documentación completa para cumplimiento del Código de Edificación de CABA.
  • Trazabilidad total y soporte técnico para auditorías e inspecciones.

📌 Conclusión

La normativa de CABA exige que las puertas cortafuego:

  • Estén ensayadas según normas IRAM/ISO.
  • Posean clasificación RF respaldada por un organismo competente como INTI.
  • Cumplan con los artículos del Código de Edificación y el Reglamento Técnico.
  • Se instalen con criterios estrictos para mantener su desempeño.

Cumplir con estos requisitos no solo es una obligación legal: es una garantía de seguridad para los usuarios y para la integridad del edificio.