La Ciudad Autónoma de Buenos Aires regula estrictamente el uso de puertas cortafuego en edificios nuevos y existentes. El Código de Edificación (Ley 6100) y su Reglamento Técnico (RT) establecen los criterios de resistencia al fuego, clasificación, instalación y documentación que deben cumplir estos elementos de protección pasiva.
Esta nota resume los artículos relevantes del Código y explica cómo se articula la certificación INTI como evidencia técnica válida para demostrar conformidad.
📘 1. Marco normativo aplicable en CABA
Las puertas cortafuego están reguladas principalmente por:
✔ Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 6100)
✔ Reglamento Técnico del Código de Edificación (RT)
✔ Normas IRAM aplicables (IRAM 11949, IRAM 11950, IRAM 11951, IRAM 11959)
✔ Ensayos de resistencia al fuego según IRAM 11949 / ISO 834
🧯 2. Qué exige el Código de Edificación sobre puertas cortafuego
🔹 2.1. Compartimentación y resistencia al fuego
El RT – Sección 4 “Seguridad contra Incendios” establece que los elementos de cierre utilizados en sectores de riesgo, escaleras, salas de máquinas y vías de escape deben poseer resistencia al fuego equivalente a la del elemento separador.
El artículo RT 4.3.3 – “Puertas resistentes al fuego” indica:
- Las puertas deben poseer clasificación RF (RF-30, RF-60, RF-90, RF-120).
- La clasificación debe estar respaldada por ensayo de resistencia al fuego realizado por un organismo competente.
- Deben incluir dispositivo de cierre automático.
- Deben instalarse de modo que no reduzcan la resistencia al fuego del tabique donde se colocan.
- Deben poseer identificación permanente del fabricante y del modelo ensayado.
🔹 2.2. Vías de escape y escaleras presurizadas
El artículo RT 4.4.2 – “Escaleras de evacuación” exige:
- Puertas con resistencia mínima RF-60 en escaleras protegidas.
- En escaleras presurizadas, puertas con resistencia RF-60 o superior, con cierre automático y burletes intumescentes.
🔹 2.3. Salas de máquinas y locales de riesgo
El artículo RT 4.5.1 – “Locales de riesgo especial” establece:
- Puertas con resistencia igual o superior a RF-60.
- Instalación obligatoria de cierrapuertas y marcos metálicos.
🧪 3. Ensayos INTI: evidencia técnica aceptada en CABA
El Código no obliga a un organismo específico, pero sí exige ensayos válidos y verificables.
En la práctica, el INTI es el organismo más reconocido en Argentina para:
- Ensayos de resistencia al fuego según IRAM 11949 / ISO 834.
- Emisión de informes técnicos con tiempo de resistencia alcanzado.
- Verificación de modelo, dimensiones, accesorios y construcción.
- Trazabilidad del producto ensayado.
Los inspectores de CABA aceptan los ensayos INTI como documentación técnica suficiente para acreditar la clasificación RF declarada por el fabricante.
📄 4. Documentación obligatoria para puertas cortafuego en CABA
Según el Código y el RT, una puerta cortafuego debe contar con:
✔ Informe de ensayo de resistencia al fuego
Emitido por INTI u organismo equivalente, indicando clasificación RF.
✔ Declaración de conformidad del fabricante
Acredita que el producto comercializado coincide con el modelo ensayado.
✔ Placa de identificación
Con datos de fabricante, modelo, lote y clasificación RF.
🛠 5. Instalación: puntos críticos verificados en inspecciones
Los inspectores de CABA suelen revisar:
- Holguras reglamentarias según IRAM 11950.
- Funcionamiento del cierre automático.
- Presencia y continuidad de burletes intumescentes.
- Marcos metálicos y anclajes adecuados.
- Ausencia de perforaciones, deformaciones o intervenciones no autorizadas.
- Correspondencia entre modelo instalado y modelo ensayado.
Una puerta correctamente ensayada puede perder su clasificación si se instala fuera de especificación.
🧩 6. Tecnifire: puertas cortafuego certificadas para cumplir el Código de CABA
En Tecnifire fabricamos puertas cortafuego con:
- Ensayos de resistencia al fuego realizados en INTI.
- Clasificaciones RF-30, RF-60, RF-90 y RF-120.
- Accesorios certificados (cierrapuertas, bisagras, burletes).
- Documentación completa para cumplimiento del Código de Edificación de CABA.
- Trazabilidad total y soporte técnico para auditorías e inspecciones.
📌 Conclusión
La normativa de CABA exige que las puertas cortafuego:
- Estén ensayadas según normas IRAM/ISO.
- Posean clasificación RF respaldada por un organismo competente como INTI.
- Cumplan con los artículos del Código de Edificación y el Reglamento Técnico.
- Se instalen con criterios estrictos para mantener su desempeño.
Cumplir con estos requisitos no solo es una obligación legal: es una garantía de seguridad para los usuarios y para la integridad del edificio.